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¿Quien debe responder por las infracciones del vehículo: El dueño o el conductor?

La corte Constitucional lo explicó.


Cuando tenemos un vehículo en muchas ocasiones es prestado a algún familiar o amigo, e incluso adquirimos un vehículo para ponerlo a trabajar en las aplicaciones, y entregamos las llaves para que otra persona maneje, pero, ¿qué pasa si este vehículo es captado sin SOAT, Técnico mecánica o realizando alguna infracción?

Pues la Corte Constitucional estableció que el dueño de un vehículo es el responsable del cumplimiento de las normas de tránsito, así sea otra persona la que conduzca.

Es el dueño del vehículo quien deberá garantizar que tenga la revisión técnico mecánica y el SOAT vigente, así como cumplir con el pico y placa, no pasarse los semáforos en rojo ni infringir las normas de transito.

Para que el dueño del carro pueda ser exonerado de pagar la multa, la persona tendrá que entregar las pruebas necesarias para demostrar que fue víctima de fraude o hurto de su vehículo.

Entonces es el dueño de vehículo quien deberá pagar el 100% de la multa junto a los intereses, si te notifican tienes 11 días hábiles después de recibir la notificación del comparendo para acceder al 50% de descuento.

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